21 años entre el expediente y la sala oral
01 de noviembre de 2026
“El trabajo, todo lo vence”
Rodolfo Hernández García
Juez de Distrito especializado en materia de trabajo
Hoy cumplo 21 años en materia de trabajo, pero no de edad, sino de estar conociendo la materia de trabajo.
Así, entré por primera vez a presenciar una audiencia. Esa audiencia fue de desahogo de pruebas del artículo 880 de la Ley Federal del Trabajo que estaba vigente hasta antes del año 2012 ¿Sabían ustedes que a la fecha hay expedientes que para su resolución les aplica todavía esas reglas?
Era una prueba confesional de la parte empleadora por conducto de su apoderado legal, donde no se me permitió estar presente.
Se me solicitó salir del lugar, porque el apoderado del trabajador solicitó que certificara que había ingresado y tuve comunicación “Buenos días” con el apoderado de la empresa al que yo acompañaba.
Además, esa audiencia no tenía publicidad, excepto porque se podía observar a través de los cristales. En ese momento pensé que era una señal de que esa materia no era lo mío; todavía recuerdo a la estenógrafa escribiendo sin mirar a las partes y a la secretaria auxiliar dictando en voz baja a ésta el acuerdo sobre las peticiones de las partes.
Los apoderados discutían sin el presidente porque al mismo tiempo estaba en todas las audiencias y el sonido de las impresoras de cinta no cesaba en la jornada, ya luego las modernizaron. Sin embargo, ese sistema parecía normal para todos.
Hoy entro a una sala diferente, la sala cuenta con sistema de videograbación y el juez preside íntegramente la audiencia. La audiencia tiene publicidad real y efectiva y no entro como espectador sino como resolutor del conflicto, por tanto, la justicia ahora se ve y se escucha y para esta materia como dicen “hasta que nos hizo justicia la revolución”.
En estos 21 años vi reformas legales y estudié por resultar necesario la Ley Federal del Trabajo de 1931, la actual Ley de 1970 y sus reformas de 1980. Si estuve en el inicio de la reforma de 2012 que hubo ingreso masivo de asuntos nuevos para que todavía fueran sin límite la condena de salarios caídos porque a partir de la vigencia de esta se toparon a un año más sus intereses
Y finalmente, la de 2019, también me ha tocado aplicar las leyes del seguro social de 1973 y 1997, además hacer investigación sobre la creación de la Ley del Infonavit de 1972, pero ningún cambio fue tan trascendental como el actual. Antes la defensa adecuada era una frase vacía, hoy la defensa adecuada es un derecho fundamental sin el cual no se puede desenvolver el proceso, ese derecho está en el artículo 685 Bis de la Ley.
Antes la libertad sindical y negociación sindical eran una declaración formal, y hoy tienen sus capítulos propios en la Ley Federal del Trabajo. Además, esa libertad y negociación se sustentan en los Convenios 87 y 98 de la OIT.
Antes impartía justicia el Poder Ejecutivo, por medio de Juntas o Tribunales de Conciliación y Arbitraje, los cuales aún perviven en la estructura y organización oficiales.
Hoy imparte justicia el Poder Judicial local o federal y ese cambió de sede cambió la naturaleza del juicio. Otros cambios también son enunciativos y relevantes, por ejemplo, en 2012 se adicionaron los conflictos individuales de seguridad social y hoy cada Poder Judicial integra un cuerpo de peritos que auxilia al juez en seguridad social.
Otro cambio es la conciliación como una etapa previa obligatoria. Esa etapa evita demandas innecesarias ante los juzgados y depura el conflicto real de las partes.
La implementación de la oralidad fue fundamental en el proceso para depurar el proceso laboral, incorporar pruebas y alegar frente al juez sin intermediarios.
Las audiencias orales obligan al tribunal a actuar con apego a la ley, de forma visible y sin simulaciones. Las audiencias obligan a comunicar principios y reglas de forma clara y decidir en milisegundos frente a las partes.
Por tanto, la ciudadanía entiende la justicia de forma directa. Muchas referencias antiguas ya no tienen aplicación actual, esas referencias son contrarias al libre desarrollo de la personalidad, la protección de la familia en todos sus tipos, ignoran la igualdad y la no discriminación, la autonomía de las personas en sus decisiones.
En la actualidad todas las autoridades laborales tienen el débito de hacer ajustes al procedimiento, inaplicar normas inconstitucionales o inconvencionales, proteger la equidad de oportunidad de las personas, la autonomía de las personas en la toma de decisiones, la igualdad sustantiva de las partes, por consiguiente, el procedimiento se vuelve un instrumento de derechos.
He proyectado y dictado resoluciones laborales mayormente y esa función es mi principal tema de interés actual. Pero cabe esbozar la justicia de los próximos 21 años, el sistema de reglas, precedentes y aprender a anticipar cómo los pequeños cambios alteraron nuestra realidad
Hace 21 años me pidieron salir de la audiencia. Hoy me toca invitarlos a no quedarse fuera de la sala, aunque no sean parte del juicio.


