Las contingencias cubiertas por el seguro del Infonavit en un crédito hipotecario
Dr. Rodolfo Hernández García
Juez de Distrito especializado en materia de trabajo.
Uno de los bienes más preciados para las personas es el patrimonio familiar y por supuesto para su protección y defensa también tenemos reglas del derecho del trabajo y de previsión social como casi en toda nuestra cotidianeidad para el caso de la perdida de la vida, la salud y su trabajo por la imposibilidad de seguir pagando un crédito hipotecario al ver reducida la capacidad productiva y expectativa o esperanza de seguir teniendo ingresos similares a los que venía percibiendo.
Algunos de los conflictos que se resuelven en un Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales del Poder Judicial de la Federación, es la cancelación y liberación de créditos hipotecarios otorgados por el Infonavit.
Ahora bien, ¿Cuáles son las contingencias que cubre el seguro del Infonavit?, pregunta que puede responderse cuando atendemos a lo que señalan los artículos 145 de la Ley Federal del Trabajo y 51 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, que en esencia son las siguientes:
Muerte del trabajador: En caso de fallecimiento del trabajador, liberando a los beneficiarios de la deuda.
Incapacidad total permanente (ipt): Incapacidad permanente total es la pérdida de facultades o aptitudes de una persona que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida.
Incapacidad parcial permanente (ipp) del 50% o más: Incapacidad permanente parcial es la disminución de las facultades o aptitudes de una persona para trabajar. Si el trabajador queda incapacitado de manera parcial y permanente con un grado de incapacidad del 50% o más.
Invalidez (inv): El estado en que un asegurado se encuentra imposibilitado para obtener, mediante un trabajo igual al que realizaba, una remuneración superior al 50% de la que percibía habitualmente en su último año de trabajo. Esta condición debe derivar de una enfermedad o accidente no profesionales. Si el trabajador queda inválido, siempre y cuando no haya tenido relación laboral alguna durante dos años.
En los casos de ipt., ipp., e inv., aunque no son tema de explicación en el presente artículo se aconseja atender lo establecido en la Ley Federal del Trabajo y en la Ley del Seguro Social para su resolución de otorgamiento por el Instituto Mexicano del Seguro Social; considerándose la muerte y la ipt., de mayor gravedad basta que acontezca cualquiera y se reconozca para iniciar el trámite ante el Infonavit, salvo la muerte en que será necesario tener reconocido el carácter de beneficiario, mientras que las dos restantes ipp,. e inv., se necesita un periodo de espera de dos años a partir de que se decrete el estado incapacitante o invalidante sin estar sujetos a un trabajo en el régimen obligatorio en el cual debe existir una prórroga de pagos del crédito y sus intereses para su amortización.
¿Qué significa esto?
Los trabajadores o sus beneficiarios (en caso de muerte) pueden quedar liberados de las obligaciones con el Infonavit en caso de que se presente alguna de estas contingencias. El seguro cubre las obligaciones derivadas del crédito sin importar si el trabajador está al corriente de los pagos mensuales.
¿Qué hacer en caso de contingencia?
Presentar la solicitud de liberación y cancelación de crédito hipotecario ante el Infonavit, dentro del mes siguiente proporcionando la documentación necesaria para acreditar la muerte y la calidad de beneficiarios; si es el trabajador entonces debe comprobar el reconocimiento del estado de incapacidad o invalidez con la resolución del Instituto Mexicano del Seguro Social. El Infonavit deberá procesar la solicitud y liberar al trabajador o a sus beneficiarios de las obligaciones entregando una carta de instrucción para que se inicie el trámite de cancelación del crédito, lo que, de no ocurrir, es posible presentar tu caso ante los Tribunales Laborales del Poder Judicial de la Federación, una vez agotada la etapa de conciliación prejudicial obligatoria.
“El trabajo todo lo vence”


