La justicia es para todos
1 de febrero de 2026
“El trabajo todo lo vence”
Dr. Rodolfo Hernández García
Juez de Distrito especializado en materia de trabajo
“La justicia es para todas las personas”
Hay historias reales en las que fallece una persona que no cumplió el periodo mínimo para reactivar sus semanas cotizadas, así que la viuda al solicitar su pensión le es negada por el IMSS.
Al respecto, es importante que conozcamos nuestros derechos y nos asesoren para hacerlos valer. Si estas en una situación similar, acude a pedir asesoría y ejerce tus derechos, y no olvides que es esencial iniciar tu trámite de solicitud de pensión presentada ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, o bien el acuse de recibo de la solicitud que cumpla los requisitos establecidos en el ACDO.AS2.HCT.260623/161.P.DPES consultable en la dirección electrónica https://www.dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5724106 dictado por el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social; en este último caso, el acuse ha de ser de fecha en la que medié por lo menos un plazo de tres meses, a que el Instituto resuelva otorgártela o negártela.
Ya lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la contradicción de tesis 337/2021; considerando que la omisión de prever la reactivación de derechos ante la muerte de la persona trabajadora que se halla fuera del periodo de conservación de derechos, pero que se ha incorporado al régimen obligatorio del Seguro Social para ese efecto, contraviene el derecho a la seguridad al privar a sus beneficiarios o beneficiarias de aquellas prerrogativas que la persona trabajadora generó en los periodos anteriores a la última reincorporación al haber cotizado las ciento cincuenta semanas que exigía la ley para el otorgamiento de la pensión por viudez.
“DERECHOS DE SEGURIDAD SOCIAL. EL ARTÍCULO 183, FRACCIÓN III, DE LA ANTERIOR LEY DEL SEGURO SOCIAL, Y SU CORRELATIVO 151, FRACCIÓN III, DE LA VIGENTE, AL NO PREVER LA FIGURA DE LA REACTIVACIÓN DE DERECHOS DE UNA PERSONA TRABAJADORA QUE FALLECE SIN HABER COTIZADO CINCUENTA Y DOS SEMANAS DESPUÉS DE REINGRESAR AL RÉGIMEN OBLIGATORIO, VULNERAN EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA SEGURIDAD SOCIAL “
La reciente decisión de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es un rayo de esperanza para aquellas personas que se encuentran en una situación similar a la de la persona viuda y se quedó sin pensión por parte del IMSS.


